La Defensoría del Pueblo de San Carlos de Bariloche emitió la Resolución de Recomendación RECO-DPB:4/2025, mediante la cual recomienda declarar la nulidad de la Audiencia Pública Obligatoria para la Revisión de la Tarifa del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros, realizada el pasado 17 de diciembre en la Sala de Prensa de la Municipalidad.
La recomendación se fundamenta en graves irregularidades e incumplimientos normativos detectados durante el desarrollo de la audiencia, que vulneraron el procedimiento administrativo establecido en la Ordenanza 1744-CM-07 y en la Resolución municipal que convocó al acto.
Irregularidades detectadas
Entre las principales situaciones observadas, la Defensoría del Pueblo señaló:
- Falta de dirección formal del acto, sin autoridades designadas conforme a la normativa vigente.
- Ausencia de funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal con competencia directa para conducir la audiencia.
- Deficiencias en el registro audiovisual, sin transmisión oficial ni grabación completa que garantice la publicidad y transparencia del procedimiento.
- Imposibilidad de inscripción de vecinas y vecinos a través del sistema oficial previsto, lo que derivó en la exclusión inicial de oradores.
- Desorden en el uso de la palabra, interrupciones constantes y ausencia de moderación adecuada.
- Incumplimiento del procedimiento para la formulación de preguntas del público.
- Retiro anticipado del representante de la empresa concesionaria Amancay SRL – “Mi Bus”, sin responder la totalidad de las consultas.
Estas irregularidades, según se expone en la resolución, vician de nulidad el procedimiento administrativo, al no garantizarse las condiciones mínimas de participación ciudadana, transparencia y legalidad que deben regir una audiencia pública obligatoria
Recomendaciones al Ejecutivo y al Concejo Municipal
En ese marco, la Defensoría del Pueblo recomendó al Intendente Municipal:
- Declarar la nulidad de la Audiencia Pública del 17 de diciembre.
- Convocar a una nueva Audiencia Pública, respetando estrictamente el procedimiento previsto por la normativa vigente.
- Abstenerse de resolver cualquier aumento tarifario solicitado por la empresa concesionaria hasta tanto se realice una nueva audiencia válida.
Asimismo, se solicitó la intervención del Concejo Municipal y del Tribunal de Contralor, y se instó a que el Poder Ejecutivo no avance en un incremento del boleto mientras subsista un procedimiento viciado de nulidad
Un derecho social fundamental
Desde la Defensoría del Pueblo se reiteró que el transporte público no es un servicio comercial más, sino un derecho social fundamental, y que el Estado Municipal tiene la responsabilidad indelegable de garantizar su accesibilidad, calidad y legalidad, asegurando procesos de participación ciudadana reales y efectivos.
La resolución fue firmada por la Defensora del Pueblo, Mariana Minuth, y el Asesor Letrado del organismo, y fechada el 18 de diciembre de 2025.
