¿Qué es la Defensoría del Pueblo?

La Defensoría del Pueblo es una institución creada por la Carta Orgánica Municipal en el año 2007. La principal función es la de defender y proteger los derechos, garantías e intereses,concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad, tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y esta Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones de la administración. La Defensoría actúa con autarquía financiera, plena autonomía funcional y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad.

¿Quiénes pueden hacer sus consultas en la DPB?

Cualquier persona, mayor o menor de edad, grupos de personas o asociaciones civiles pueden presentar sus reclamos y hacer sus consultas en la Defensoría del Pueblo. Atendemos a todas las personas, y no hay requisitos que se deban cumplir para poder hacer tus consultas en la institución.

¿Por qué temas se puede consultar en la DPB?

A diario recibimos consultas de toda índole, durante los años de gestión que lleva la Defensoría del Pueblo, se pueden agrupar de la siguiente manera:

  • Violación a cualquier Derecho Humano y leyes contempladas en la Constitución
  • Nacional, Provincial u Ordenanzas Municipales
  • Corrupción en la función pública
  • Deficiencia en los servicios públicos
  • Discriminación de cualquier tipo y en todos los ámbitos
  • Contaminación del medio ambiente y control de alimentos
  • Uso indebido de espacios verdes
  • Ruidos molestos
  • Inseguridad ciudadana
  • Dificultades en el transporte público
  • Acceso a tratamientos de salud
  • Maltrato o trabas en dependencias públicas
  • Tenencia irresponsable de mascotas
  • Violencia de género

¿Qué documentación hay que llevar para hacer una consulta o denuncia?

Para hacer una denuncia necesitamos algunos datos personales. Según la Ordenanza N° 1749-CM-07, las denuncias o presentaciones deben quedar formalmente asentadas, constando firma del interesado, nombre, documento y domicilio legal. Deberán ser presentadas en un plazo máximo de un año calendario contando a partir del momento en que ocurre el acto, hecho u omisión, motivo de la denuncia.

Al momento de hacer tus consultas, denuncias o reclamos te recomendamos que tengas a mano toda la documentación que tengas que nos servirá para poder brindarte un mejor servicio.

¿Qué pasa cuando la Defensoría no puede actuar?

Si los hechos denunciados no están bajo nuestra competencia, la Defensoría debe derivar la consulta a los organismos de control específicos o a la autoridad competente.

¿Cómo me comunico con la DPB?

En este contexto de pandemia por el COVID-19, sugerimos que el primer contacto con la Defensoría del Pueblo sea por teléfono, email o redes sociales. De esta forma, el equipo de Mesa de Entradas recibe las consultas y evalúa si el caso refiere a un tema propio de nuestra incumbencia, o si podemos derivar la consulta a otro ámbito.

En caso que la consulta esté bajo nuestra órbita, se le pedirán los datos de contacto y comienza el proceso interno para solucionar la consulta. En caso de ser necesario, se pactará una cita presencial para poder avanzar en la resolución del conflicto.

Teléfonos: (0294) 4423147 | 4424121

E-mail: defensoria@defensoriabariloche.gob.ar

Facebook: https://www.facebook.com/defensoriadebariloche

Instagram: https://www.instagram.com/defensoria.pueblo.bariloche 

Twitter: https://twitter.com/DefensoriaBche

¿Hay que pagar para ser atendido en la DPB?

No, la atención en la Defensoría del Pueblo es completamente gratuita. No se debe abonar ningún tipo de arancel.

¿Quién ocupa el puesto de Defensora del Pueblo?

La actual Defensora del Pueblo es la Dra. Analía Woloszczuk, quien asumió el cargo el 4 de junio de 2021.

Según mandato de la Carta Orgánica y la Ordenanza 1749-CM-07, la Defensora del Pueblo es una funcionaria pública del Municipio de San Carlos de Bariloche designado por el Concejo Deliberante de la ciudad en función de sus antecedentes, méritos, cualidades morales y ciudadanas, previa Audiencia Pública, por un período de 4 años.

¿Qué tipo de medidas puede tomar la DPB?

La Defensora del Pueblo responde a la ciudadanía con resoluciones, y apela a las recomendaciones para solicitar a la Municipalidad un cambio de normas o toma de medidas en relación a la vulneración de derechos. No posee capacidad sancionatoria o de juzgamiento.

Las resoluciones tienen como objetivo formalizar las decisiones de la Defensora luego de realizar sus investigaciones, recopilando información, estudios, estadísticas y demás datos que sirven como sustento a lo planteado. Todas las resoluciones que emite la Defensora están resguardadas por la debida reserva, y con ella se pone fin al expediente iniciado mediante una denuncia. Además, se notifican a las partes involucradas en la resolución y se publican en el Boletín Oficial.

Por otro lado, las recomendaciones son sugerencias o advertencias que formula la Defensora al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo local, y están contempladas en el Artículo 20 de la Ordenanza 1749-CM-07

¿Qué áreas componen la Defensoría?

La Defensoría del Pueblo cuenta con áreas de gestión fijas. Además, cada Defensora tiene la posibilidad de crear nuevas áreas acorde al proyecto por el que fue elegida. Actualmente la Defensoría cuenta con las siguientes áreas:

  • Legales
  • Mediación Comunitaria
  • Administración y contaduría
  • Mesa de Entradas
  • Prensa y Comunicación

Además, el proyecto de la actual Defensora contempla los emprendimientos de la economía solidaria y el cuidado del medio ambiente, con la transversalidad en la perspectiva de género.